Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1086/2013

N° Receptoría: A-1VI-137-C2013

Fecha: 2014-02-03

Carátula: BARRIONUEVO PABLO MARTIN Y OTRA C/ LEJARRAGA MARTIN ARNALDO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: INICIA DEMANDA - Nuevo PREVIO

EXPTE N° 1086/2013

CARATULA: BARRIONUEVO PABLO MARTIN Y OTRA C/ LEJARRAGA MARTIN ARNALDO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de febrero de 2014.-

Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Previo a todo y conforme lo prevé el art. 79 y cc del CPCC, hágase saber que deberá iniciar en debida forma el beneficio de litigar sin gastos mencionado en el punto IX.-

Sin perjuicio de ello y surgiendo divergencias, hágase saber que deberá aclarar o en su caso adecuar las sumas reclamadas.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

jc

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

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