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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26906/14
Fecha: 2014-01-30
Carátula: BERARDI, DARIO Y OTRA S/ AMPARO (Originarias)
Descripción: Por recibidos./Requiere informe Mtro.Salúd Pública
Expte.N° 26906/14-STJ-
///MA, 30 de enero de 2014.-
-----Por recibidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Previo a todo, requiérase al señor Ministro de Salud Pública de la Provincia de Río Negro un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de setenta y dos horas (72 hs.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Notifíquese por cédula con entrega de copias de la demanda y del Interlocutorio Nº 12/14 obrante a fs. 9 y vlta.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - -
ENRIQUE J. MANSILLA
PRESIDENTE
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro