include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0368/2009
Fecha: 2013-12-27
Carátula: LLAMPA SANTOS SILBESTRE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: desiste TEST - JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA
EXPTE. Nº 0368/2009.-
CARATULA: LLAMPA SANTOS SILBESTRE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, de diciembre de 2013.-
Teniendo en cuenta las constancias de la causa, no habiéndose instado la producción de la prueba testimonial del sr. Gabriel Graciano y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 278, de conformidad a lo previsto por el art. 432 del CPCC tiénese a la parte actora por desistida de dicho medio probatorio.-
Atento lo solicitado y el estado de las actuaciones, certifique el Actuario el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que deberá culminarse el trámite de beneficio de litigar sin gastos.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro