Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0368/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-27

Carátula: LLAMPA SANTOS SILBESTRE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: desiste TEST - JUEZ ORDENA CERTIFICAR LA PRUEBA PRODUCIDA

EXPTE. Nº 0368/2009.-

CARATULA: LLAMPA SANTOS SILBESTRE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-

Viedma, de diciembre de 2013.-

Teniendo en cuenta las constancias de la causa, no habiéndose instado la producción de la prueba testimonial del sr. Gabriel Graciano y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 278, de conformidad a lo previsto por el art. 432 del CPCC tiénese a la parte actora por desistida de dicho medio probatorio.-

Atento lo solicitado y el estado de las actuaciones, certifique el Actuario el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Sin perjuicio de ello, hágase saber que deberá culminarse el trámite de beneficio de litigar sin gastos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro