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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41433
Fecha: 2013-12-27
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ SANDOVAL Victor Daniel S/ EJECUTIVO
Descripción: providencia
General Roca, 23 de diciembre de 2013.s-
Agréguese el informe bancario acompañado.-
Intímese a la empleadora Sanatorio Juan XXIII SRL, a que en el término de cinco días, dé cumplimiento con el embargo ordenado mediante oficio 975 y que fuera recibido el 22/10/2013, bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria de $ 100 desde la notificación hasta el efectivo cumplimiento y por el monto de que omita embargar.-
Para su cumplimiento, líbrese oficio con transcripción del artículo 399 del C.P.C.
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro