Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37452

N° Receptoría:

Fecha: 2006-05-29

Carátula: LLANCA Miguel S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Beneficio-Inicio

General Roca, 29 de mayo de 2.006.-+

Por presentado, parte y con domicilio.

Con citación a la contraria, proveyendo la prueba ofrecida (art. 80 del CPC),

TESTIMONIAL: Para la declaración de Maria Victoria QUINTANA, Pedro VEUTHEY y Alfonzo MARTINEZ, fíjase la audiencia del día 11 de julio de 2.006, a las 09.00 hs. a la que deberán comparecer personalmente bajo apercibimiento de ser conducidos por la fuerza pública en caso de incomparecencia injustificada a la del día 09 de Agosto de 2006, a las 08.00 hs. que se fija como suplementaria. Notifíquese con transcripción del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédula .-

Notifiquese al futuro demandado la iniciación de los presentes y las audiencias precedentemente ordenadas a cuyo fin líbrese cédula a General Roca y cédula directa a Viedma.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).

Asimismo, pasen los presentes a la delegacion de Rentas.(acordada 10/03 art.4 del S.T.J.).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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