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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1006/2013
N° Receptoría: A-1VI-134-C2013
Fecha: 2013-12-19
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ EMPRESA LAS GRUTAS S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: PROV.-PREVIO
EXPTE. Nº : 1006/2013.-
CARATULA: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ EMPRESA LAS GRUTAS S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)".-
VIEDMA, de diciembre de 2013.-
Por presentados, parte en el carácter invocado conforme copias de poder adjuntos y por constituído domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Previo a todo, denúnciese con precisión contra quienes se dirige la demanda.-
Acompáñese para traslado copia del poder otorgado a los Dres. Francioni-Fernández Eguía.-
Hágase saber que deberá reponerse la suma de $ 9,60 por aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
R.B.
Luciano Minetti Kern
Secretario Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro