Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1006/2013

N° Receptoría: A-1VI-134-C2013

Fecha: 2013-12-19

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ EMPRESA LAS GRUTAS S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: PROV.-PREVIO

EXPTE. Nº : 1006/2013.-

CARATULA: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ EMPRESA LAS GRUTAS S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)".-

VIEDMA, de diciembre de 2013.-

Por presentados, parte en el carácter invocado conforme copias de poder adjuntos y por constituído domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Previo a todo, denúnciese con precisión contra quienes se dirige la demanda.-

Acompáñese para traslado copia del poder otorgado a los Dres. Francioni-Fernández Eguía.-

Hágase saber que deberá reponerse la suma de $ 9,60 por aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R.B.

Luciano Minetti Kern

Secretario Subrogante

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Poder Judicial de Río Negro