Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39303

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-17

Carátula: COFRE Fermin C/ ESTAÑITA Francisco Carlos y Otra S/ ORDINARIO

Descripción: prov.

General Roca, 17 de diciembre de 2013.s-

Atento el traslado conferido a fs. 151 y las constancias de fs. 153, 155, decrétase la negligencia de la prueba pericial contable de la parte demandada, la que no podrá realizarse en esta instancia.

Previo a clausurar el período probatorio, líbrese oficio al Juzgado Correccional N° 14 a fin de que remitan el expte. ESTAÑITA FRANCISCO CARLOS S/LESIONES CULPOSAS (4136-14-09), por el término de cuarenta días, para dictar sentencia y si su estado lo permite.-

Hágase saber que previo a dictar sentencia deberá encontrarse concluido el beneficio de litigar sin gastos del actor.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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