Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0590/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-16

Carátula: AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ INMOBILIARIA 11 DE SEPTIEMBRE S.C.A. S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: sin efecto designación def. ausentes - debe notif. dom. constituido

EXPTE. Nº 0590/2012

CARATULA: AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA C/ INMOBILIARIA 11 DE SEPTIEMBRE S.C.A. S/ EJECUCION FISCAL

Viedma, de diciembre de 2013.-

Atento el planteo efectuado por la sra. Defensora de Ausentes y habiéndose realizado un nuevo análisis de la cuestión, se advierte que la sociedad demandada tiene inscripto su domicilio legal en la Inspección General de Justicia según el informe de fs. 41, que sin perjuicio de que la notificación allí efectuada haya tenido resultado negativo, debe tenerse en cuenta que aunque la citada se encuentre ausente o haya variado su residencia, la notificación debe realizarse en dicho domicilio (conf. art. 145 en "Fenochietto, Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación, comentado, anotado y concordado, Editorial Astrea, 5º edición actualizada, Tº 2, pag. 523), por lo que corresponde, en uso de las facultades previstas en el art. 34 del CPCC y en los términos del art. 161 del CPCC, revocar por contrario imperio la designación de intervención de la sra. Defensora de Ausentes, a los fines de su debida notificación vuelvan a su despacho.-

En consecuencia, hágase saber a la parte actora que la notificación de la sentencia monitoria dictada en autos deberá ser realizada en el domicilio legalmente constituido por la parte demandada.-

Rosana Calvetti

Juez

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