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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0924/2013
N° Receptoría: F-1VI-220-C2013
Fecha: 2013-12-12
Carátula: SALCEDO PATRICIO PASCUAL S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: INICIA SUCESION
EXPTE. Nº: 0924/2013.-
CARATULA: "SALCEDO PATRICIO PASCUAL S/ SUCESION AB INTESTATO".-
Viedma, de diciembre de 2013.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Surgiendo de la constancia de fs. 7 la tramitación de beneficio de litigar sin gastos, hágase saber que en su oportunidad deberá presentarse copia certificada o testimonio de la resolución que recaiga en dichas actuaciones (conf. art. 63 ley 2430 -modif. ley 3780, art. 2° inc. f-).-
Estando prima facie acreditada la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el juicio sucesorio intestado de PATRICIO PASCUAL SALCEDO.-
Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el mismo, para que dentro de treinta días lo acrediten. Oportunamente dése intervención a Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal (arts. 689, 690, 693, 699 y ccdtes. del CPCC) líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a los fines previstos por el art. 6 de la ley 133.-
Inscríbase la presente sucesión en el Registro Público de Juicios Universales.-
Conforme lo previsto por el art. 699 inc. 1) del CPCC, notifíquese por cédula a los presuntos herederos.-
Toda vez que la presunta heredera denunciada Macarena Ayelen Salcedo es menor de edad manifieste la presentante si asume su representación legal y dése la correspondiente intervención a la sra. Defensora de Menores.-
Atento lo peticionado líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a efectos que informe si el causante posee la cuenta bancaria nº 730003119 u otra y en caso afirmativo proceda a depositar los fondos existentes en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en dicha entidad bancaria.-
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Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro