include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0626/2008
Fecha: 2013-12-12
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ VIVANCO HERRERA STELLA MARIS S/ EJECUTIVO
Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA CON TOPE nuevo 2010
EXPTE. Nº 0626/2008
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ VIVANCO HERRERA STELLA MARIS S/ EJECUTIVO
Viedma, de diciembre de 2013.-
Atento las pautas establecidas en el art. 1627 del C.C. -ref. ley 24.432-, los topes porcentuales máximos previstos en el art. 77 del CPCC y los arts. 6 y 7 (tarea profesional y labor desarrollada) de la ley 2.212, y a fin de no ocasionar una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución resultante de la aplicación directa de las normas arancelarias, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra.Mariana Drago por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 1.074. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
Z
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro