Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0676/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-11

Carátula: COMISION REGULARIZADORA DEL CIRCULO DE AJEDREZ VIEDMA S/ DILIGENCIA PRELIMINAR

Descripción: CEDULA SECRETARIA CIRCULO DE AJEDREZ VIEDMA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: Jorge Fages, Presidente del Círculo de Ajedrez de Viedma (Dr. Ricardo Ariel Ocejo)

Domicilio: Dorrego nº 627 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "COMISION REGULARIZADORA DEL CIRCULO DE AJEDREZ VIEDMA C/ S/DILIGENCIA PRELIMINAR", Expte. Nº 0676/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 10 de septiembre de 2013.- Atento el estado de autos, teniendo especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde que se dispusiera la medida preliminar y no habiendo el peticionante de la pretensión retirado la documental acompañada por la requirente (fs. 42), póngasela a disposición nuevamente por secretaria por el término de 48 hs. Cumplido dicho plazo sin constar su retiro procédase a su devolución mediante cédula al domicilio por él constituido.- Fdo. Dr. Luciano Minetti Kern Secretario Subrogante".-

NOTA: se adjunta documentación reservada bajo registro nº C - 134/2006.-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2013.-

*05TXHO.BVFL3Z*

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Poder Judicial de Río Negro