Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38649

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-09

Carátula: GUTIERREZ Gilberto y RIFFO Etelvina S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 1224-XI-04)

Descripción: PREVIO

General Roca, 09 de diciembre de 2013.-g

Téngase por oblados los impuestos y contribuciones correspondientes.-

Atento lo dispuesto por la Cámara Civil de Apelaciones en los autos: LUCERO CIRILO S/SUCESIÓN C.A.21217 y MEHDI DAVID ROBERTO S/SUCESIÓN C.A.21235, previo a todo deberá acompañarse libres deudas de Aguas Rionegrinas, Municipalidad y Rentas del inmueble 05-1-D-534-02, libre inhibición del causante y condiciones de dominio , a fin de inscribir los bienes a nombre de los herederos y proceder posteriormente a la regulación por la tercera etapa.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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Poder Judicial de Río Negro