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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0016/2010
Fecha: 2013-12-06
Carátula: RODRIGUEZ BLANCA ISABEL C/ MUTUAL PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: COBRO X BCO. CUALQUIER MONTO A VARIOS - PROVIDENCIA (2009)
EXPTE. Nº 0016/2010.-
CARATULA: RODRIGUEZ BLANCA ISABEL C/ MUTUAL PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, de diciembre de 2013.-
Proveyendo a fs. 898:
Agréguese.-
Al escrito de fs. 901:
Agréguense los comprobantes acompañados y tiénese presente la conformidad de la Caja Forense.-
Sin perjuicio de no haberse acreditado la representación invocada por el presidente de la demandada, teniendo en cuenta el carácter de los fondos depositados y lo que surge de las demás constancias, apruébase la liquidación de honorarios practicada.-
Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a su sola presentación y de los fondos existentes en la cuenta de autos nº 299009483 al Dr. Cristo Walter Guenumil (DNI nº 22.979.077) la suma de $ 93.656 en concepto de honorarios y al Dr. Néstor Isidoro Torres (DNI nº 5.252.754) la suma de $ 26.709 en concepto de capital, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-
Archívense las actuaciones en carácter de terminadas.-
Procédase a desagregar el trámite de beneficio de litigar sin gastos.-
Rosana Calvetti
Juez
Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro