Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0016/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-06

Carátula: RODRIGUEZ BLANCA ISABEL C/ MUTUAL PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: COBRO X BCO. CUALQUIER MONTO A VARIOS - PROVIDENCIA (2009)

EXPTE. Nº 0016/2010.-

CARATULA: RODRIGUEZ BLANCA ISABEL C/ MUTUAL PARA EL MAGISTERIO RIONEGRINO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-

Viedma, de diciembre de 2013.-

Proveyendo a fs. 898:

Agréguese.-

Al escrito de fs. 901:

Agréguense los comprobantes acompañados y tiénese presente la conformidad de la Caja Forense.-

Sin perjuicio de no haberse acreditado la representación invocada por el presidente de la demandada, teniendo en cuenta el carácter de los fondos depositados y lo que surge de las demás constancias, apruébase la liquidación de honorarios practicada.-

Conforme lo peticionado y constancias de la causa, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de comunicarle que deberá entregar a su sola presentación y de los fondos existentes en la cuenta de autos nº 299009483 al Dr. Cristo Walter Guenumil (DNI nº 22.979.077) la suma de $ 93.656 en concepto de honorarios y al Dr. Néstor Isidoro Torres (DNI nº 5.252.754) la suma de $ 26.709 en concepto de capital, debiendo informar a este Juzgado en forma detallada una vez finalizada la medida ordenada.-

Archívense las actuaciones en carácter de terminadas.-

Procédase a desagregar el trámite de beneficio de litigar sin gastos.-

Rosana Calvetti

Juez

Se deja constancia que la copia del oficio obra en el sistema Lex. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro