Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0642/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-05

Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

___________

C E D U L A

Señor: Dr. Tomás Armando Rébora

Domicilio: URQUIZA Nº 476 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/REBORA TOMAS ARMANDO S/EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 0642/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 03 de diciembre de 2013.- Encontrándose las actuaciones retiradas por el sr. Baez (Estudio Rébora), fórmese media carátula e intímese para que en plazo de 48 horas las devuelva, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 128 del C.Pr.. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2013.-

*05TXHO.GO3SQ4*

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro