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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0642/2012
Fecha: 2013-12-05
Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: Dr. Tomás Armando Rébora
Domicilio: URQUIZA Nº 476 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/REBORA TOMAS ARMANDO S/EJECUCION FISCAL", Expte. Nº 0642/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 03 de diciembre de 2013.- Encontrándose las actuaciones retiradas por el sr. Baez (Estudio Rébora), fórmese media carátula e intímese para que en plazo de 48 horas las devuelva, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 128 del C.Pr.. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de diciembre de 2013.-
*05TXHO.GO3SQ4*
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro