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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0246/2013
N° Receptoría: A-1VI-26-C2013
Fecha: 2013-12-04
Carátula: ASOCIACION MUTUAL PERSONAL BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ LOPEZ VICTOR S/ USUCAPION
Descripción: CEDULA SECRETARIA DEMANDADA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señores: VICTOR DANIEL LOPEZ y ROBERTO GABRIEL LOPEZ (Dres. Edgardo Raúl Castello y Alberto José Brusa)
Domicilio: GALLARDO Nº 71 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ASOCIACION MUTUAL PERSONAL BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/LOPEZ VICTOR S/USUCAPION", Expte. Nº 0246/2013, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 27 de diciembre de 2013.- ... A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia para el día 25 de MARZO de 2014 a las 9:30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial por la parte actora: sres. Víctor Hugo Aballay, Graciela Viviana Balbino, Francisca Romana Bernacchia, Juan José Escudero, Miguel Angel Battisti, Carlos Alberto Gimenez, Jorge Alberto Grandoso, Firiaz Daniel Molina, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 01/04/14 a las 11:00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de diciembre de 2013.-
*05TXHO.DU28IF*
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Poder Judicial de Río Negro