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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37443
Fecha: 2006-05-24
Carátula: RAMASCO Carlos C/ GILES Manuel y SALINAS Adela C. S/ Ordinario
Descripción: inicio
General Roca, 24 de mayo de 2.006.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de quince días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de Cervantes.-
Téngase presente la prueba ofrecida la que deberá ser ratificada en el momento procesal oportuno.-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs. 29/36.-
Previo a decretar la medida cautelar, acompáñese copias certificadas del expte. 329-II-01, o líbrese oficio al Juzgado Civil N*1 para su remisión o bien acredítese que los demandados han promovido la prescripción adquisitiva del inmueble, y en caso afirmativo denuncie Juzgado y Secretaría.-
Hágase saber a los presentantes que deberán acompañar el bono ley 2897, art. 8*.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro