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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37415
Fecha: 2006-05-24
Carátula: CREDIL S.R.L. C/LATUF Cristian Fernando S/ Ejecutivo (*)
Descripción: prov
//neral Roca, 24 de MAYO de 2006.=
Agréguese y dése por cumplimentado con lo ordenado a fs. 20.
Proveyendo lo peticionado a fs. 1 vta. líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por el demandado en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 530.- en concepto de capital con más la de $ 265.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro