Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0170/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-03

Carátula: CONTIN PEDRO EXEQUIEL Y PEREZ LEONTINA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: CERTIFICACION - AMPLIACION

EXPTE.N°0170/2008.-

CARATULA:CONTIN PEDRO EXEQUIEL Y PEREZ LEONTINA S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, de diciembre de 2013.-

Atento el estado de autos desparalícense las actuaciones y tiénese a los presentantes por parte y domiciliados.-

Habiendo comparecido la heredera María Fernanda Contín y conforme lo dispuesto en el art. 694 del CPCC, cése la intervención del cesionario (conf. fs. 20).-

Agréguese la documental acompañada. Tiénese presente el bien denunciado y cesión de derechos efectuada.-

A los fines que se expida con relación a los sellados pasen los autos en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-

Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, certifique el Actuario. Fecho vuelvan.-

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Rosana Calvetti

Juez

Señora Juez:

Conforme lo peticionado y ampliando la certificación de fs. 44 se ha presentado en autos como heredero de la causante Leontina Perez: su hijo Jaime Norberto Llancafil quien acredita su vocación hereditaria con la partida de nacimiento obrante a fs. 86. Conste.-

Secretaría, de diciembre de 2013.-

Viedma, de diciembre de 2013.-

Atento la certificación que antecede y el pedido de ampliación de declaratoria de herederos, córrase vista a la Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal.-

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro