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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39817
Fecha: 2013-12-03
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ LLEUFUL Jesus Manuel S/ EJECUTIVO
Descripción: Ordena embargo
Expte. 39817.-
//neral Roca, 03 de diciembre de 2013.-j
Agréguese el informe acompañado.-
Líbrese oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el embargo trabado oportunamente sobre los sueldos del demandado -en el porcentaje de ley- hasta cubrir la suma de $3.091,71 en concepto de capital con más la de $1.500.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, a la orden del Tribunal.-
El monto de embargo surge de la planilla de liquidación aprobada a fs. 89 menos el retiro de fs. 94.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro