Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39817

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-03

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ LLEUFUL Jesus Manuel S/ EJECUTIVO

Descripción: Ordena embargo

Expte. 39817.-

//neral Roca, 03 de diciembre de 2013.-j

Agréguese el informe acompañado.-

Líbrese oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el embargo trabado oportunamente sobre los sueldos del demandado -en el porcentaje de ley- hasta cubrir la suma de $3.091,71 en concepto de capital con más la de $1.500.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, a la orden del Tribunal.-

El monto de embargo surge de la planilla de liquidación aprobada a fs. 89 menos el retiro de fs. 94.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

v

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro