Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41088

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-03

Carátula: BANCO MACRO S.A. C/ MARINAO Sandra del Carmen S/ EJECUTIVO

Descripción: REGULA

//neral Roca, 03 de diciembre de 2013.=

Proveyendo el escrito de fs. 68, hágase saber lo dictaminado por Caja Forense.

Proveyendo el escrito de fs. 69, téngase presente.

Téngase presente y regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Eduardo Saint Martin -apoderado- en la suma de $ 424.- (M. B. $ 5.000.- arts. 6, 8 y 41 de la ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas de la causa y el resultado obtenido a través de aquella.-

Cúmplase con la ley 869 y notifíquese.

Previo al levantamiento de las medidas cautelares, estése al dictámen de Caja Forense.

Concédese el préstamo peticionado, por el término de dos días.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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