Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0928/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-12-02

Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ BRITOS MARTA S/ SUMARISIMO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA-con preguntas por pantalla

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C É D U L A

Señor: CAJA FORENSE

Domicilio: Belgrano Nº 80 - (real)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ BRITOS MARTA S/ SUMARISIMO", Expte. Nº 0928/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 27 de noviembre de 2.013.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por la Municipalidad de Viedma a fs. 92/94 y disponer la demolición de la construcción realizada sin permiso municipal, levantada en forma contigua al inmueble ubicado en Escalera 14 PB "A" del barrio 20 de Junio, identificado catastralmente como parcela 01 manzana 559 UF 181 sección Viedma.- II.- Notificar la presente a la Sra. Marta Britos, por intermedio del Sr. Oficial de Justicia quien deberá ser acompañado por el Sr. Fiscal Municipal -o quien éste expresamente autorice bajo su exclusiva responsabilidad-, de conformidad y en los términos dispuestos en el considerando respectivo.- II.- Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 del CPCC) regulando los honorarios profesionales del Dr. Luis Fernando Sabbatella en la suma equivalente a 10 jus, conforme arts. 6, 7, 9. 48 y 50 ley G 2212. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- III.- Regístrese, protocolícese y notifíquese. Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2013.-

*05TXHO.H8KZAA*

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Poder Judicial de Río Negro