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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0012/2005
Fecha: 2006-05-23
Carátula: CONSOLI CLAUDIO C/ NICOLIELLO CARLOS OBDULIO Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: APRUEBA LIQUIDACION
EXPTE. No 0012/2005
CARATULA: CONSOLI CLAUDIO C/ NICOLIELLO CARLOS OBDULIO Y OTRA S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2006.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 48 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 72,16 en concepto de intereses de capital y honorarios, calculado al 05/05/06, modificado que fue el rubro 3, toda vez que se ha restado la suma de $ 4 más sus intereses, dado que no corresponde que sea incorporado los bonos Ley n° 2.897.-
a.p.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro