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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40759
Fecha: 2013-12-02
Carátula: BELICH Rosa María y Otro C/ VENTURA Antonio Gabriel y Otros S/ ORDINARIO
Descripción: providencia
General Roca, 02 de diciembre de 2013.s-
Proveyendo a fs. 876/8: No pudiéndose analizar en esta instancia los fundamentos de la pericia en sonido y su impugnación, habiéndose presentado por la parte demandada (fs. 873), a la revocatoria y apelación en subsidio, no ha lugar (Art. 379 del C.P.C.).
Hágase saber que los argumentos de las pericias y sus impugnaciones respecto del fondo de la cuestión, se analizan en el momento del dictado de la sentencia.-
Proveyendo a fs. 879: Debiendo acompañarse la copias de la impugnación al notificar la providencia de fs. 874, a la carta documento solicitada, no ha lugar.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro