Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: A-2RO-238-C3-13

N° Receptoría: A-2RO-238-C2013

Fecha: 2013-11-29

Carátula: ULLUA GUSTAVO C/ GAMBOA EDUARDO JOSE S/ ORDINARIO

Descripción: Inicio

//neral Roca, 29 de NOVIEMBRE de 2013.=

Por presentado, parte y con domicilio.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ordinario, traslado a la demandada por el término de dieciocho dias (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-

Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-

No estando acreditada la verosimilitud de los hechos, a la medida cautelar solicitada, no ha lugar.

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).

Se deja constancia que se inició los autos "ULLUA GUSTAVO S/BENEFICIO de LITIGAR SIN GASTOS" (Expte. M-2RO-169-C3-13)-

Deposítese en caja fuerte la documental original.

Se deja constancia que la documental de fs. 14 es copia simple.

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

NOTA: de haberse depositado doc. original de fs. 12/8. CONSTE.

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