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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: M-2RO-169-C3-13
N° Receptoría: M-2RO-169-C2013
Fecha: 2013-11-29
Carátula: ULLUA GUSTAVO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: Inicia trámite
//neral Roca, 29 de NOVIEMBRE de 2013.=
Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.
Por promovido beneficio de litigar sin gastos.-
Cítese al futuro demandado, a los fines previstos por el art. 80 del C.P.C., Notifíquese mediante cédula a Rio Colorado, con copias de la presentación y de las declaraciones de los testigos.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicacion de sus datos personales (conf. Acord. 112/03 del STJ).-
Líbrense oficios al Registro de Propiedad del Inmueble y Automotores correspondientes a fin de que informen sobre lo requerido, en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.
Complétese copias para traslado (resta acompañar la testimonial de Valeria Ayelén Bove).
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro