Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41982

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-29

Carátula: CURIHUAL ÑANCUCHEO Silvia Del Carmen S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: declaratoria

General Roca, 29 de noviembre de 2013.s-

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: "CURIHUAL ÑANCUCHEO SILVIA DEL CARMEN S/SUCESION AB INTESTATO” (EXPTE. N* 41982-III-12).-

CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Silvia Del Carmen Curihual Ñancucheo ocurrido el día 03 de febrero de 2012 en General Roca, Río Negro, según constancias de fs. 2.-

La causante era de estado civil divorciada de Héctor Isaías Vera, encontrándose debidamente anotado el mismo en el Registro Civil (constancia de fs. 38)

De la unión de la causante y Héctor Isaías Vera, nacieron:

VICTOR EMANUEL: Nacido el 20 de agosto de 1983 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 3.-

HÉCTOR GERMÁN: Nacido el 21 de mayo de 1975 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 4.-

ANA LIA: Nacida el 2 de junio de 1986 en General Roca, Río Negro

VANESA MABEL: Nacida el 15 de junio de 1978 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 9.

SYLVIA ROSA MARIA: Nacida el30 de mayo de 1973 en Temuco, República de Chile, constancia de fs. 49.

VILMA DALMA: Nacida el 2 de diciembre de 1981 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 35.

A fs. 36 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-

A fs. 41/2, obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre del causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-

A fs. 12/9 lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-

Por lo expuesto y lo dispuesto por el art. 3565 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,

RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Silvia Del Carmen Curihual Ñancucheo, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos: VICTOR EMANUEL, HÉCTOR GERMÁN, ANA LIA, VANESA MABEL, SYLVIA ROSA MARIA y VILMA DALMA todos de apellido VERA CURIHUAL .-

Notifíquese y regístrese.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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