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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0107/2013
N° Receptoría: A-1VI-7-C2013
Fecha: 2013-11-28
Carátula: COTARO MERCEDES GLORIA Y OTROS C/ JEREZ FABIO LUIS Y OTROS S/ ESCRITURACION (Ordinario)
Descripción: regula honorarios
EXPTE. Nº 0107/2013
CARATULA: COTARO MERCEDES GLORIA Y OTROS C/ JEREZ FABIO LUIS Y OTROS S/ ESCRITURACION (Ordinario)
Viedma, de noviembre de 2013.-
Atento el estado de autos y teniendo en cuenta lo que surge del acta que obra a fs. 51, corresponde tomar como monto base la suma de $ 170.000.-
En su mérito y a los fines regulatorios, en atención a las tareas efectuadas, medidas según su extensión y calidad, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. José Luis Merlotti y Mauricio Luis Merlotti, en forma conjunta, en la suma de $ 5.236 (coef. 20 % del 11 % + 40 %) y los del Dr. José Juan Aguirre en la suma de $ 1.190 (coef. 10 % del 7 %) -arts. 6, 8, 10, 34 y cc LA-. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro