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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: A-2RO-91-C3-13
N° Receptoría: A-2RO-91-C2013
Fecha: 2013-11-26
Carátula: DIAZ JORGE Y OTROS C/ DARDO ARGENTINO AIBAR Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: inicio
NOTA: Se deja constancia que por ante este Juzgado Civil TRES, Secretaría Unica, tramita el expte. caratulado: DIAZ JORGE ALBERTO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (M-2RO-83-C3-13).-
Secretaría, 26 de noviembre de 2013.s-
ROMINA ZILVESTEIN
Secretaria Subrogante
General Roca, 26 de noviembre de 2013.s-
Téngase presente la nota que antecede.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada Dardo Argentino Aibarpor el término de veintisiete días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula ley 22172 a Caleta Olivia, Santa Cruz.-
En atención a lo manifestado, cítese en garantía en los términos del art. 118 de la Ley 17418 a La Perseverancia Seguros S.A. con domicilio en Colón y Betolaza de la ciudad de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires, a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos en el término de veintisiete días.- NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula en los términos de la ley 22172.-
Téngase presente la prueba ofrecida y hágase saber lo dispuesto por el art. 360 CPC.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro