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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: F-2RO-126-C3-13
N° Receptoría: F-2RO-126-C2013
Fecha: 2013-11-22
Carátula: CHAMELI YALILE JAZMÍN S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: declaratoria
General Roca, de noviembre de 2013.-s
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: "CHAMELI YALILE JAZMIN S/SUCESION AB INTESTATO” (EXPTE. N° F-2RO-126-C3-13).-
CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Yalile Jazmin Chameli ocurrido el día 24 de junio de 2011 en General Roca, Río Negro, según constancias de fs. 6 la causante era de estado civil soltera.-
Tuvo la siguiente hija:
ZULEMA AMALIA: Nacida el 17 de noviembre de 1964 en Ingeniero Jacobacci, Río Negro, según constancia de fs. 7
A fs. 9 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-
A fs. 11/3, obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre del causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-
A fs. 15/23 lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por el art. 3565 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de Yalile Jazmin Chameli, le sucede en carácter de única y universal heredera su hija: ZULEMA AMALIA de apellido CHAMELI .-
Notifíquese y regístrese.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro