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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 18498IV
Fecha: 2013-11-20
Carátula: ZANINI Dante Sante S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: regulación
General Roca, 20 de noviembre de 2013.-s-
VISTOS y CONSIDERANDO: Para regular honorarios en estos autos caratulados: “ZANINI DANTE SANTE S/SUCESION (18498-IV-83).-
Agréguese.-
Téngase por oblado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-
Regulo por las dos primeras etapas los honorarios del Dr. Raúl Eriberto Bidart en la suma de $ 1.744.- a cargo de los herederos y en la suma de $ 872.- a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. $ 37.376,41 .arts. 6, 8, 25 y 44L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla .
A fin de inscribir el inmueble en el RPI, acompáñese libre deudas de Rentas, Aguas y Municipalidad Posteriormente se procederá a la regulación de honorarios por la tercera etapa al Dr. Mario Diego Regazzi Harina, atento lo dispuesto LUCERO CIRILO S/SUCESIÓN C.A.21217 y MEHDI DAVID ROBERTO S/SUCESIÓN C.A.21235. o manifieste el presentante si realizará la inscripción por intermedio de escribano en cuyo caso deberá denunciar el nombre y apellido.-
Todo lo que así resuelvo.
Notifíquese y regístrese
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro