Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40498

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-20

Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ FERREIRA Crecencio Rube S/ EJECUTIVO

Descripción: regulacion

General Roca, 20 de noviembre de 2013.-g

Regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Jesus Pablo Maida en la suma de $ 424 .- (M. B. $ 5.069,91.- retiros efectuados- arts. 6, 7, 8 y 41 de la ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas de la causa y el resultado obtenido a través de aquella.-

Cúmplase con la ley 869 y notifíquese.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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