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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40498
Fecha: 2013-11-20
Carátula: AVALON CREDITOS PERSONALES S.A. C/ FERREIRA Crecencio Rube S/ EJECUTIVO
Descripción: regulacion
General Roca, 20 de noviembre de 2013.-g
Regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Jesus Pablo Maida en la suma de $ 424 .- (M. B. $ 5.069,91.- retiros efectuados- arts. 6, 7, 8 y 41 de la ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas de la causa y el resultado obtenido a través de aquella.-
Cúmplase con la ley 869 y notifíquese.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro