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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40426
Fecha: 2013-11-15
Carátula: PEÑA Monica Ines C/ PCIA. RIO NEGRO y O. S/ ORDINARIO
Descripción: traslado de demanda
//neral Roca, 15 de NOVIEMBRE de 2013.=
Al punto I, atento lo manifestado, modifícase el monto de la demanda, la que procede por la suma de $ 300.000.-
Al punto II, agréguese y téngase presente.
Al punto III, téngase por cumplimentado con lo ordenado a fs. 20, 3er. párrafo.
Certifíquese por Secretaría las copias de fs. 7/10. Fecho, hágase entrega de los originales respectivos, dejándose debida constancia en autos.
Se hace saber que no se glosan las copias de las partidas de nacimiento acompañadas, atento a que ya obraban en autos copias de las mismas.
Al punto IV, de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de treinta y cinco días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa al Gobernador y Fiscal de Estado.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Complétese copias para traslado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 120 del CPC.
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro