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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 17078-084-13
N° Receptoría: A-3BA-234-C2012
Fecha: 2013-11-13
Carátula: CAYUN, MARIO ANDRES / PROVINCIA DE RIO NEGRO (POLICIA DE RIO NEGRO) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: Medida
Expte. nro.: 17078-084-13
San Carlos de Bariloche, 13 de noviembre de 2013.-
Resultando necesario para decidir, la causa de prueba anticipada referida en el pronunciamiento de fs. 126 y vta., como asimismo el beneficio de litigar sin gastos que se menciona a fs. 134, solicito se las requiera a la instancia de origen como medida para mejor proveer y con interrupción del plazo para fallar y oportuno nuevo cómputo. Notifíquese, ofíciese.-
Edgardo J. Camperi
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro