Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40793

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-13

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ VILLEGAS MONSALVE Helmuth Francisco S/ EJECUTIVO

Descripción: previo

General Roca, 13 de noviembre de 2013.-g

Previo a todo y en virtud de lo prescripto por el artículo 16 de la Ley de Tasas 2716, que establece que la base imponible en los juicios por sumas de dinero, estará constituida por el capital con más los intereses devengados a la fecha de interposición de demanda, previo a lo solicitado y a efectos de proceder a la determinación de las diferencias a ingresar practique liquidacióny abónense las cargas fiscales correspondientes-

Téngase presente la conformidad prestada por Caja Forense en el otro si digo.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

v

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro