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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 20994/06
Fecha: 2006-05-19
Carátula: SUD ARGENTINA DE TIERRAS Y URBANISMO SRL C/ MUNIC.BARILOCHE S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/ APELACIÓN
Descripción: interrumpe p/p fallar vista Proc.Gral.
Expte.N°20994/06-STJ-
///MA, 17 de mayo de 2006.-
Sr. Presidente:
-----Advirtiendo que en las presentes actuaciones existe un cuestionamiento –entre otros- respecto a la habilitación de instancia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial, lo que estaría relacionado con el órgano competente a resolver, estimo adecuado que la Sra. Procuradora general se expida al respecto. Por ello, peticiono se interrumpan los plazos para fallar y se disponga por Presidencia la remisión de las presentes actuaciones a la Procuración General para su dictamen.- - - - - - - - - - - - - -
Fdo:Alberto I. BALLADINI JUEZ
///MA, 19 de mayo de 2006.-
Acorde lo solicitado por el señor Juez de Primer voto, Dr. Alberto I. BALLADINI, al considerar que en las presentes actuaciones existe un cuestionamiento –entre otros- respecto a la habilitación de instancia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la IIIa. Circunscripción Judicial, lo que estaría relacionado con el órgano competente a resolver, interrúmpanse los plazos para fallar y córrase vista de las presentes actuaciones a la señora Procuradora General-
Fdo.:Luis LUTZ PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro