include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0166/2012
Fecha: 2013-11-12
Carátula: MATAR ELIAS S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONORARIOS
EXPTE. N° 0166/2012.-
CARATULA: MATAR ELIAS S/ SUCESION AB INTESTATO.-
Viedma, de noviembre de 2013.-
Tiénese la aclaración formulada.-
Atento el estado de autos, teniendo en cuenta lo peticionado a fs. 116 y a fs. 131, lo que surge de las valuaciones fiscales de fs. 114/115 y en atención a las tareas efectuadas por los profesionales intervinientes, medida por su calidad y extensión, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Hugo Lapadat en la suma de $ 9.806 (coef. 2/3 del 11 % + 40 %) por los trabajos comunes y con cargo a la sucesión y los de la Dra. Antonia Menchón de Majo en la suma de $ 1.470 (coef. 10 % del 11 % + 40 %) y los del Dr. Mario Sebastian Nolivo en la suma de $ 1.470 (coef. 10 % del 11 % + 40 %) con cargo al heredero sr. Rubén Matar -MB: $ 95.509,58- (arts. 8 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro