Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0532/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-12

Carátula: AMAYA CARLOS DANIEL S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: REGULA HONORARIOS

EXPTE. Nº : 0532/2009.-

CARATULA: AMAYA CARLOS DANIEL S/ SUCESION AB INTESTATO.-

Viedma, de noviembre de 2013.-

Por evacuada la vista conferida. Tiénese presente y hágase saber que conforme lo dictaminado por la Agencia de Recaudación Tributaria deberá reponer en concepto de sellados de ley la suma de $ 375 importe calculado al 28-11-2013.-

Asimismo, óblese la suma de $ 32,60 en concepto de aportes al Colegio de Abogados y al Sitrajur, respectivamente.-

Atento lo peticionado en el escrito de fs. 113/114, punto 4 y el estado de autos, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Martín Lejarraga en la suma de $ 715 (coef. 11 %) por los trabajos comunes e incluida la tarea correspondiente a la respectiva inscripción, con cargo a la sucesión. MB: $ 6.500 (arts. 8 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Toda vez que los herederos declarados en autos, son mayores, capaces y poseedores de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción del bien componente del acervo hereditario. En consecuencia, a la autorización peticionada no ha lugar.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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