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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0532/2009
Fecha: 2013-11-12
Carátula: AMAYA CARLOS DANIEL S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULA HONORARIOS
EXPTE. Nº : 0532/2009.-
CARATULA: AMAYA CARLOS DANIEL S/ SUCESION AB INTESTATO.-
Viedma, de noviembre de 2013.-
Por evacuada la vista conferida. Tiénese presente y hágase saber que conforme lo dictaminado por la Agencia de Recaudación Tributaria deberá reponer en concepto de sellados de ley la suma de $ 375 importe calculado al 28-11-2013.-
Asimismo, óblese la suma de $ 32,60 en concepto de aportes al Colegio de Abogados y al Sitrajur, respectivamente.-
Atento lo peticionado en el escrito de fs. 113/114, punto 4 y el estado de autos, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Martín Lejarraga en la suma de $ 715 (coef. 11 %) por los trabajos comunes e incluida la tarea correspondiente a la respectiva inscripción, con cargo a la sucesión. MB: $ 6.500 (arts. 8 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Toda vez que los herederos declarados en autos, son mayores, capaces y poseedores de la herencia, hágase saber que deberá procederse a la inscripción del bien componente del acervo hereditario. En consecuencia, a la autorización peticionada no ha lugar.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro