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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0813/2013
N° Receptoría: A-1VI-112-C2013
Fecha: 2013-11-08
Carátula: VILLARINO GLORIA ELIZABETH Y OTRO C/ MARICH RODOLFO NICOLAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: PREVIO A PROVEER QUE TRAIGA CONSTANCIA DEL JUZG. PAZ
EXPTE. Nº: 0813/2013.-
CARATULA: VILLARINO GLORIA ELIZABETH Y OTRO C/ MARICH RODOLFO NICOLAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, de noviembre de 2013.-
Por presentada, parte y por constituido el domicilio. Agréguese la documental y resérvese en secretaría la placa radiográfica.-
Teniendo en cuenta lo manifestado en el escrito a despacho, hágase saber que previo a todo deberá acompañarse constancia de tramitación del beneficio de litigar sin gastos por ante el Juzgado de Paz (conf. art. 83 del C. Pr.), debiendo en su oportunidad presentar copia certificada o testimonio de la resolución que recaiga en dichas actuaciones (conf. art. 63 ley 2430 -modif. ley 3780, art. 2° inc. f-).-
Hágase saber que en lo sucesivo deberá presentar los escritos en debida forma, teniendo en cuenta que al ser agregados a autos sea posible su correcta lectura de conformidad a lo dispuesto por el art. 118 del CPCC.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro