Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0267/97/5

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-08

Carátula: ITURBURU IGNACIA Y DI CROSTA DAHOIL ALDO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: requerir conf. ansola

EXPTE. Nº : 0267/97/5.-

"ITURBURU IGNACIA Y DI CROSTA DAHOIL ALDO S/ SUCESION AB INTESTATO".-

Viedma, de noviembre de 2013.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento lo manifestado respecto al bien inmueble que se denuncia como integrante del acervo hereditario y toda vez que el trámite de disolución de la sociedad conyugal de los sres. Ansola y Di Crosta no ha sido habido, sin perjuicio de las constancias de la copia del título y certificado de dominio acompañados, en aras del derecho de defensa y a los fines de evitar posibles nulidades, requiérase la conformidad de la sra. Irma Gladis Ansola.-

En consecuencia, a lo demás peticionado oportunamente si correspondiere.-

Rosana Calvetti

Juez

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