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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42293
Fecha: 2013-11-08
Carátula: MANSILLA Rigoberto Hernán S.Sucesion C/ PAGLIARICCI Horacio y Otros S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: vta. a despacho///Fija Preliminar
//neral Roca, 08 de noviembre de 2013.-s
A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 15 de mayo de 2014 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente ( art. 362 CPC.) y sus letrados. Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa de $ 500.- conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-
Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro