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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0610/2012
Fecha: 2013-11-07
Carátula: BILONI SILVIA NOEMI C/ ECHAVE ROMINA VANESA S/ EJECUTIVO
Descripción: regula honorarios martillero - agrega
EXPTE. Nº 0610/2012
CARATULA: BILONI SILVIA NOEMI C/ ECHAVE ROMINA VANESA S/ EJECUTIVO
Viedma, de noviembre de 2013.-
Al escrito de fs. 51:
Agréguese.-
Proveyendo a fs. 55:
Agréguense los informes acompañados.-
Atento el estado de autos, teniendo en cuenta que la subasta se decretó sin base y no se realizó, valorando la actividad del martillero interviniente conforme las constancias de la causa y tomando como monto base el que surge de la valuación fiscal obrante a fs. 52, de conformidad con lo dispuesto en el art. 565 del CPCC y arts. 30 y 31de la ley 2051, regúlanse los honorarios del martillero actuante sr. Daniel Salvador Sánchez en la suma de $ 1.035 (coef. 1,5% - valuación fiscal $ 69.013); ello toda vez que, se entiende que no resulta aplicable el monto requerido a fs. 48 pues de haberse realizado la venta, su comisión alcanzaría el 3% sobre el monto recibido y de tomarse el 3 % de la valuación fiscal, también sería superior, por lo que resulta justificado el importe aquí regulado.-
Tiénese presente lo manifestado y acompañése el recibido de cochera.-
Proveyendo a fs. 56/57:
Agréguense.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro