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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39853
Fecha: 2013-11-07
Carátula: COOP. FARO Ltda. C/ GARCIA Patricia Elvira S/ EJECUTIVO
Descripción: a caja forense
General Roca, 07 de noviembre de 2013.-g
Agréguese el movimiento de cuenta adjuntado.-
De la transferencia realizada, vista a Caja Forense.-
Previo al cheque solicitado y en virtud de lo prescripto por el artículo 16 de la Ley de Tasas 2716, que establece que la base imponible en los juicios por sumas de dinero, estará constituida por el capital con más los intereses devengados a la fecha de interposición de demanda, a efectos de proceder a la determinación de las diferencias a ingresar practique liquidacióny abónense las cargas fiscales correspondientes-
MARIA DEL CARMEN VILLALBA
JUEZ SUBROGANTE
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Poder Judicial de Río Negro