Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1003/00/6

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-06

Carátula: FIGLIOZZI ELIO CESAR S/ SUCESION TESTAMENTARIA

Descripción: falta cumplir ley 869

EXPTE. N° 1003/00/6

CARATULA: FIGLIOZZI ELIO CESAR S/ SUCESION TESTAMENTARIA

Viedma, de noviembre de 2013.-

Agréguese y previo a lo peticionado deberá darse cumplimiento con la ley 869.-

A los fines que se expida con relación a los sellados pasen los autos en vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro