Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0925/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-06

Carátula: ACOSTA LUIS EDGARDO C/ ROSSI ANIBAL JAVIER Y OTRO S/ EJECUTIVO

Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C É D U L A

Señor: Anibal Javier Rossi

Domicilio: Rivadavia 65 - (constituido)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ACOSTA LUIS EDGARDO C/ROSSI ANIBAL JAVIER Y OTRO S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0925/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre de 2.013.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes y al condenado en costas a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2013.-

*05TXHO.A3AQR4*

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro