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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0925/2012
Fecha: 2013-11-06
Carátula: ACOSTA LUIS EDGARDO C/ ROSSI ANIBAL JAVIER Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA-con preguntas por pantalla
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C É D U L A
Señor: Anibal Javier Rossi
Domicilio: Rivadavia 65 - (constituido)
Ciudad: Viedma
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ACOSTA LUIS EDGARDO C/ROSSI ANIBAL JAVIER Y OTRO S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0925/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría a mi cargo, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre de 2.013.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes y al condenado en costas a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2013.-
*05TXHO.A3AQR4*
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro