Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42610

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-06

Carátula: SEPULVEDA Milagros S/ AMPARO

Descripción: audiencia providencia

En la ciudad de General Roca; Provincia de Río Negro, a los 06 dias del mes de Noviembre de 2.013, siendo las 11:20 horas comparece ante mi Secretaria Autorizante una persona que dijo llamarse: NOEMI GEDIS SAEZ, D.N.I. Nª 34.862.003, argentina, soltera, estudiante, con domicilio real en ANIBAL TROILO 3545 de General Roca, quien manifiesta: Me dijeron en el mes de septiembre desde el hospital que a mi hermana no la podían internar porque había faltante de protesis, que fue lo que les habrían informado al hospital los de la ortopedia, por ser protesis importada y por el tema de la importación no ingresan al país ese tipo de protesis.- Después de esto nos tuvieron a las vueltas y es el dia de hoy que todavía a mi hermana no la operan y la protesis no está, por lo que solicito se resuelva esta situación a la brevedad dado que el tiempo avanza y las cosas no están.- Por otra parte dejo aclarado que en la actualidad el médico que la trata es el Dr. Blason medico traumatólogo del hospital por derivación hecha por el Dr. Bassi en agosto de este año y es él quien la va a operar.-Asimismo acredito la calidad de discapacitada de mi hermana con el certificado correspondiente.-

No siendo para mas y finalizado el acto previa lectura y ratificación de la presente acta firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.- /// neral Roca; 06 de Noviembre de 2.013.-

Certifique la actuaria.-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

CERTIFICO: Que habiendome comunicado telefónicamente con la Asesoría Legal del Ministerio de Salud Pública, me indicaron que la última noticia que tienen es la de la emisión de la orden de compra para la adquisición de la protesis, por lo que harían las averiguaciones respectivas sobre la demora.-

Secretaria; 06 de Noviembre de 2.013.-

ROMINA ZILVESTEIN

Secretaria Subrogante

/// neral Roca; 06 de Noviembre de 2.013.-

Atento el tiempo transcurrido, lo manifestado por la amparista y la certificación que antecede, líbrese nuevo oficio, acompañado del acta de fs. 30, a la Asesoría Legal del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro, para que en un plazo de cuarenta y ocho horas (48 hs.), informe si la protesis que fue requerida oportunamente para la paciente Milagros Sepúlveda DNI N° 17.793.744, se encuentra a disposición, y en caso negativo explicite los motivos de su falta.-

Asimismo líbrese oficio al Hospital de la ciudad de General Roca, para que en un plazo de cuarenta y ocho horas (48 hs.) informe al tribunal el motivo por el cual la Sra. Sepúlveda Milagros no ha sido intervenida quirúrgicamente.-

Los oficios ordenados deberán ser requeridos con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C..-

MARIA DEL CARMEN VILLALBA

JUEZ SUBROGANTE

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Poder Judicial de Río Negro