Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1113/97/6

N° Receptoría:

Fecha: 2013-11-04

Carátula: PICHUN ALDO HUGO C/ JULIO CESAR GONZALEZ Y/U OTRO S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE SENTENCIA

Descripción: no ha lugar rev. - concede apelación - CAV

EXPTE. Nº 1113/97/6.-

PICHUN ALDO HUGO C/ JULIO CESAR GONZALEZ Y/U OTRO S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE SENTENCIA.-

Viedma, de noviembre de 2013.-

Por interpuesta revocatoria en tiempo y forma, con apelación en subsidio.-

Toda vez que las deudas cuya cancelación pretende revisten el carácter de "propter rem" y teniendo en cuenta que el inmueble en cuestión está situado en la Provincia de Buenos Aires, circunstancia ésta que excede el marco de las previsiones del art. 590 CPCC, deberá el peticionante recurrir por ante los organismos que correspondan, a fin de tomar conocimiento de los impuestos impagos, anteriores a la aprobación de fs. 189, que recayeren sobre el bien.-

En razón de lo expuesto recházase la revocatoria planteada y concédase la apelación interpuesta en forma subsidiaria, a cuyo fin elévense las presentes actuaciones. Sirva la presente de atenta nota de envío.-

Rosana Calvetti

Juez

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