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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32550IV
Fecha: 2006-05-18
Carátula: CREDITO CONFIANZA S.A. c/ALIAS Angela A. S/ Ejecutivo
Descripción: a cedula
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CEDULA DE NOTIFICACION
CREDITO CONFIANZA S.A.
DRES. SUSANA SANCHEZ de FISELZON, ELIZABETH QUESADA
TUCUMAN 661, 3* PISO, OFICINA 13 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CREDITO CONFIANZA S.A. C/ALIAS ANGELA ALICIA S/EJECUTIVO” (32.550-IV-00) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 04 de abril de 2.006 .-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios de las Dras. Susana Sanchez de Fiselzon y Elizabeth Quesada , en $ 22.- y $ 55.- . respectivamente (MB: $ 1.543,07.-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs.7.-.-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 18 de mayo de 2.005.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CREDITO CONFIANZA S.A. C/ALIAS ANGELA ALICIA S/EJECUTIVO” (32.550-IV-00) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 04 de abril de 2.006 .-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios de las Dras. Susana Sanchez de Fiselzon y Elizabeth Quesada , en $ 22.- y $ 55.- . respectivamente (MB: $ 1.543,07.-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs.7.-.-Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 18 de mayo de 2.005.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro