Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 26200/12

N° Receptoría:

Fecha: 2013-10-31

Carátula: HERNANDEZ ELENA ELIZABETH Y OTRO S/ AMPARO

Descripción: Aut.Inter. reg.hon.

///MA, 31 de octubre de 2013.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “HERNANDEZ ELENA ELIZABETH Y OTRO S/ AMPARO" (Expte.N°26200/12-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----A 84/93, mediante Se.Nº 173 se resolvió "Hacer lugar a la acción de amparo intentada a fs.44/52 por los Sres. Elena Elizabeth Hernández y Ernesto Sierra, en representación de su hijo menor de edad F.A.S.H. ordenando al I.PRO.S.S, a cubrir íntegramente los gastos para la intervención quirúrgica requerida, por los fundamentos dados en los considerandos, debiendo informar al suscripto fecha del cumplimiento efectivo de la orden aquí dada.Con costas (cf.art. 68 Cód.Proc.Civ.y Com.)".-

-----A fs. 127 el doctor Martín Piermarini, expresa que encontrándose agotada la acción incoada y acreditado el cumplimiento de la sentencia, solicita regulación de honorarios profesionales.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Que en razón de lo expuesto precedentemente, corresponde fijar prudencialmente la retribución del profesional peticionante quien ha actuado como patrocinante de los amparistas y, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo prescripto por el art. 37 de la L.A., corresponde regular los honorarios profesionales del doctor Martín Piermarini en la suma de Pesos SEIS MIL QUINIENTOS VEINTE ($6.520) equivalente a veinte (20) jus.- - - - - - - - - - - - - -----Por ello,

EL SEÑOR JUEZ

DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales del doctor doctor Martín Piermarini en la suma de Pesos SEIS MIL QUINIENTOS VEINTE ($6.520) (20 jus) (art.37 Ley G Nº 2212). Notifíquese al Rte.de la Caja Forense y cúmplase con los aportes previstos por la Ley D Nº 869.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- --

Fdo.:SERGIO M.BAROTTO JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: T° I A.I. N° 50 F° 186/187 Sec. N° 4 STJ

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