Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0267/2013

N° Receptoría: D-1VI-251-C2013

Fecha: 2013-10-31

Carátula: CASARIEGO PEDRO FRANCISCO C/ RIOS DIEGO SEBASTIAN Y OTRA S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA

Descripción: amplia - embargo - DEMANDADO DOMIC.DESCONOCIDO-CITA POR EDICTOS

EXPTE. N° 0267/2013

CARATULA: CASARIEGO PEDRO FRANCISCO C/ RIOS DIEGO SEBASTIAN Y OTRA S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA

Viedma, de octubre de 2013.-

Proveyendo a fs. 79/86:

Agréguense.-

Al escrito de fs. 87/89:

Atento lo manifestado y habiendo vencido nuevos canónes locativos, tiénese por ampliada la presente demanda.-

Atento lo peticionado y el estado de autos amplíase el embargo preventivo decretado a fs. 29, 54 y 69 sobre las sumas de dinero que tenga a percibir el sr. Diego Sebastián Ríos (DNI Nº 33.294.561) de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro hasta la suma de $ 1.920 en concepto de capital reclamado, con más la suma de $ 192 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, a tal fin, líbrese el correspondiente oficio a dicho organismo, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en la cuenta judicial de autos nº 122031479 en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Atento el estado de autos, a la designación de la Defensora de Ausentes, en este estado no ha lugar.-

En consecuencia, cítese por edictos a Diego Sebastian Ríos para que en el plazo de 5 días se presente en autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial y Diario Río Negro.-

Proveyendo a fs. 90/91:

Agréguese.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro