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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 26773/13
Fecha: 2013-10-30
Carátula: MENDEZ, ALEJANDRO ROBERTO S/ ACCION DE AMPARO (ART. 43 C. PCIAL)
Descripción: sol.inf. céd.Previo a/copias
Expte. N°26773/13-STJ-
///MA, 30 de octubre de 2013.-
-----Por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.- - - - - - - - - - - - - - - - -- -----Agréguese la documentación acompañada.- - - - - - - - - -
-----Por promovida acción de amparo en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial.- - - - - - - - - - - -
-----Requiérase a la Obra Social de la Unión de Trabajadores Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (OSUTHGRA) un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de CINCO (5) días, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).- - - - - - - - - -----Notifíquese por cédula, con entrega de copias de la acción deducida.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - - --
-----Previo a todo intímase al presentante a acompañar copias de la demanda y documental, bajo apercibimiento de ley.- - - - - - -
Fdo.: ENRIQUE J. MANSILLA JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro